1 de agosto de 2014

El derecho al olvido y sus problemas

A mediados de mayo, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea otorgó a los europeos el derecho al olvido, es decir la posibilidad de eliminar del resultado de las búsquedas de Internet los vínculos a páginas con información relativa a la persona.
Este derecho es una interpretación del Artículo 12 de la Directiva de Protección de Datos Personales de 1995 que asegura protección ante el tratamiento de información personal, pero no hace ninguna referencia al derecho al olvido. La decisión del Tribunal es producto de un reclamo del español Mario Costeja González, quién demandó a Google para que elimine un enlace con información desactualizada de su situación financiera y, tras años de batallas legales, el Tribunal Europeo le dio la razón, estableciendo que los motores de búsqueda debían cumplir con el derecho al olvido. Aunque se declaró disconforme con la resolución, Google instaló rápidamente en su sitio un formulario para quienes quisieran obtener el beneficio (suprimir enlaces del buscador) y recibió en un mes más de 90.000 solicitudes de eliminación de enlaces (¡328.000!) y habría removido un poco más del 50% de estos, rechazando alrededor del 30%, según el Wall Street Journal. Microsoft estableció también hace un par de semanas un sistema análogo en Bing para decidir las solicitudes.

Uno de los problemas que se han comentado es el margen de discrecionalidad otorgado a los buscadores para decidir sobre las solicitudes que reciban. Otro es el de los límites de jurisdicción: mientras un tribunal europeo puede ordenar medidas en el mundo offline que únicamente afectan a los ciudadanos de ese continente, las acciones emprendidas por una empresa como Google tienen consecuencias para la Internet global. Un tercer problema es que el derecho al olvido puede entrar en conflicto con el derecho de acceso a la información y el derecho a la verdad, como señaló el relator especial para la libertad de opinión y expresión de la ONU, Frank La Rue en la reciente Reunión Preparatoria de América Latina y el Caribe para el Foro de Gobernanza de Internet (LACIGF 7). "¿Qué sucede si el Estado revela la información de violadores humanos, la pone en Internet y algún día, alguno de estos violadores dice: "bueno, ya pasaron 15 años, quiero que esa información se borre"? Las víctimas tienen el pleno derecho de oponerse a ello.

El Comité de la Unión Europea de la Cámara de los Lores, la Cámara Alta del Parlamento del Reino Unido, catalogó directamente como "equivocado" el dictamen y afirmó que Google se enfrenta a una situación "inmanejable e irracional". "Ni la Directiva de 1995 [sobre protección de los datos personales] ni la interpretación del Tribunal de Justicia de la Unión Europea refleja los increíbles avances de la tecnología que vemos hoy en día, 20 años después de la redacción de la Directiva. No creemos que los individuos deban tener el derecho a remover enlaces a información precisa y legal sobre ellos solo porque no les gusta lo que sale" declaró la Comisión.

Novedades
Envío remoto de olores
El envío remoto de olores ya sería posible con "oPhone", un gadget preparado para ello y un sistema de mensajería especialmente adaptado, si obtiene el financiamiento requerido para entrar en producción. Permitiría enviar fotografías desde  smartphones seleccionando los olores que tendrán las diferentes partes de la fotografía.

Nuevo récord de velocidad en una red de fibra: una película en 0,2 milisegundos
Un grupo de investigadores e la Universidad Técnica de Dinamarca acaba de crear una red de fibra que logra un nuevo récord mundial de velocidad en una red de este tipo, con una tasa de transferencia de 43 terabits por segundo, suficiente para descargar una archivo de 1GB en 0,2 milisegundos. Este tipo de cable, obra de la compañía japonesa NTT, es complicado de fabricar pero ya existe en algunas redes. (Gizmodo, 31/07/2014).

No hay comentarios:

Publicar un comentario

No se reciben comentarios.

Nota: solo los miembros de este blog pueden publicar comentarios.